Con la llegada de la Semana Santa, surge la duda en oficinas ¿el Jueves Santo y Viernes Santo son días de descanso obligatorio?
Aunque para muchos estos días significan vacaciones, procesiones o viajes, la realidad legal es distinta a lo que la mayoría cree. Antes de hacer planes, conviene conocer qué dice la ley.
Si ya estás pensando en tomarte un descanso, mejor revisa esto primero. Aquí te explicamos qué establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) para evitar sorpresas en tu salario.
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A pesar de su relevancia cultural y religiosa, el Jueves Santo y Viernes Santo no están reconocidos como días de descanso obligatorio en México.
El artículo 74 de la LFT no incluye estas fechas dentro de los feriados oficiales. Esto significa que, legalmente, son días laborales normales.
A diferencia de fechas como el 1 de enero o el 1 de mayo, las empresas no están obligadas a suspender actividades ni a dar el día libre.
Si te toca trabajar en Semana Santa, debes saber que el pago es completamente normal.
No aplica pago doble ni triple. Es decir, recibirás tu salario habitual como cualquier otro día laboral.
El pago triple solo aplica en días oficiales de descanso marcados por la ley, y Semana Santa no forma parte de ellos.
Si te preguntas porqué pareciera que toda la ciudad descansa, la respuesta está en las decisiones de cada empresa:
Esto no depende de la ley laboral general, sino de políticas internas.
Antes de confiarte, toma en cuenta: