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Sin dinero y sin oportunidades, regresaron a la capital, pero nada fue igual y acordaron separarse; ella, con su hijo, encontró refugio con familiares. Él encontró un empleo, pero para la manutención de su hijo era muy irregular.
Estela acudió al CJA. El servidor público que la atendió confirmó que la pensión alimenticia era mediable, pero además le planteó la conveniencia de incluir en el convenio la guarda y custodia.
Ella proporcionó el correo electrónico de Luis para girarle invitación a mediar. En la primera cita, Estela reprochó a Luis no haberse hecho cargo de la pensión alimenticia; él explicó que su prioridad había sido estabilizarse económicamente.
En esa sesión, resolvieron el aspecto de la guarda y custodia de su hijo en favor de ella.
En una segunda cita, Luis aportó los datos de la empresa donde trabajaba para que se le descontara el pago de la pensión alimenticia, y al final, acordaron sobre sus visitas de fin de semana y vacaciones con su hijo.