Circulando más de dos personas en una bicicleta eléctrica, sin casco, sobre banquetas y ciclovías, ignorando el rojo del semáforo e incluso arriesgando la integridad física de menores de edad,de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) se desplazan por avenidas, aceras y calles de la CDMX.

Para reducir estas prácticas y disminuir accidentes viales, monopatines y bicicletas eléctricas tendrán que ser emplacados y , así lo informó el Gobierno capitalino el pasado 5 de mayo.

“Me parece bien porque nos falta mucha educación vial, principalmente aquí en la Ciudad de México, y estas medidas nos van a ayudar a reducir los accidentes.

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En una ocasión me tocó que, saliendo de la escuela, una de esas bicis eléctricas se metió en sentido contrario a la ciclovía y yo, por evadirla, terminé cayéndome. Afortunadamente no pasó a mayores, pero no había necesidad de que ocurriera algo así. Habrá quien piense que los requisitos que ahora van a pedir son para castigar o algo así, pero yo creo que ya se les habló de muchas maneras y ya tocaban medidas más severas”, comentó Fernanda, joven estudiante que utiliza una bicicleta como medio de transporte.

Debido al incremento exponencial de este tipo de vehículos y ante la falta de reglas para estos, las autoridades capitalinas presentaron la regulación para los vehículos de baja velocidad en el Reglamento de Tránsito, misma que ya se suma a las reformas a la Ley de Movilidad impuestas el año pasado.

De acuerdo con la Secretaría de Movilidad (Semovi), los VEMEPE son vehículos eléctricos que circulan a más de 25 kilómetros por hora, con motores de 250 watts de potencia, hasta 1.34 caballos de fuerza, y se clasifican en: Tipo A, que pesan menos de 35 kilogramos; y Tipo B, con un peso de 35 a 350 kilogramos.

Estos deberán contar con matrícula y con un Distintivo de Movilidad Eléctrica (DME). Además, de manera obligatoria, tendrán que circular con licencias Tipo A1 y A2, cuyo trámite comenzará el 1 de julio. Esto, de acuerdo con la Semovi, debido a que exceden las condiciones para circular por vías confinadas y, por lo tanto, tendrán que generar condiciones de seguridad adicionales.

Sus conductores deberán usar casco; tendrán prohibido circular sobre banquetas, ciclovías, carriles confinados del transporte público o por carriles centrales de vías de acceso controlado; además, deberán abstenerse de circular por vías cuya velocidad máxima supere los 50 kilómetros por hora. Los menores de edad tendrán prohibido conducir los VEMEPE.

Un Vehículo Eléctrico Personal es aquel que circula a menos de 25 kilómetros por hora, cuyo motor tiene una potencia menor a 250 watts y pesa menos de 35 kilogramos. Para estos no será necesario emplacar; sin embargo, sí deberán contar con un holograma de Movilidad Eléctrica que dará derecho al usuario a circular por las vías confinadas.

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