El pleno de la aprobó, por 324 votos a favor y 129 en contra, reformar la Ley General de Salud para imponer de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 (11 mil 314 pesos) a dos mil veces (226 mil 280 pesos) el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a quien fabrique o venda cigarrillos electrónicos o vapeadores.

En la discusión, los legisladores de oposición reclamaron que la prohibición de vapeadores, propuesta por la presidenta, criminalizaba a consumidores y los exponía a ser encarcelados; además, de provocar un mercado negro que beneficiará al crimen organizado.

La reforma prohíbe también publicidad o propaganda para que se consuman cigarrillos electrónicos o vapeadores, en cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial u otros.

REGALO

La diputada Irais Reyes (MC) usó un vapeador en tribuna, y acusó que la prohibición para comercializar y producir dichos dispositivos, sólo provocará un mercado negro que le generará más recursos a los cárteles del narcotráfico en el país.

“Más prohibición es igual a más mercado negro y más dinero para los cárteles. Esta ley suena a salud, pero huele a otra cosa, parece escrita, cabildeada y diseñada para que el crimen organizado siga creciendo y lucrando; es un regalo del gobierno envuelto para el crimen organizado: Feliz Navidad al crimen organizado de parte de Morena y sus aliados, ahí les va su aguinaldo”, dijo.

La diputada Isabel González (PRI) alertó que la reforma provocaría que los usuarios fueran encarcelados por adquirir un vapeador con penas y multas que superan los años que se les dan el crimen organizado, al narcomenudeo o a la violencia familiar.

En otros temas, con las reformas también se eliminaron porcentajes establecidos que se destinan al año al Fondo de Salud para el Bienestar, del gasto del IMSS Bienestar.

EL DATO

“Queda prohibido en el territorio nacional la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro de cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos”, dice el artículo 282 Quater.

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