“Este servicio de la Franquicia Postal con el Instituto Nacional Electoral se eroga a través de una prerrogativa, que es una partida presupuestal otorgada por dicho Instituto a cada partido político y candidaturas independientes".
En otro punto agrega que ”dentro del catálogo de servicios que se prestan, a través del SEPOMEX, se encuentra el servicio de 'Propaganda Comercial sin Destinatario Expreso', la cual es comunicación impresa en hojas, folletos, dípticos, trípticos y/o catálogos, que no tiene un destinatario y se entrega en códigos postales solicitados por el partido político y candidaturas independientes, siempre y cuando cumplan con algunas características como ser propaganda de candidatos a puestos de elección para precampañas y campañas”.
Agrega que mediante el oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/2059/2024 del 22 de abril de 2024, “el Instituto Nacional Electoral solicitó al Servicio Postal Mexicano prestar a los siete partidos políticos nacionales y candidaturas independientes el servicio de ‘Propaganda Comercial sin Destinatario Expreso’ en el presente proceso electoral federal 2023-2024, por ser parte de la Franquicia Postal prevista en el Convenio de Colaboración antes mencionado”.
Y termina diciendo que “el contenido de la información que se difunde en la propaganda comercial es del conocimiento del Instituto Nacional Electoral, quien desde las campañas federales 2017-2018 y 2020-2021 ha autorizado la prestación del servicio”.
De tal forma que las imágenes difundidas, en las que incluso la repartidora postal se toma una selfie dejando la propaganda electoral, es parte de un convenio y una prerrogativa que tienen los partidos para esta campaña electoral.







