Ariel era un funcionario al que su trabajo le permitía el acceso a un .

En un descuido, no revisó los oficios que le fueron asignados para dar trámite a la salida de ciertas unidades para su , entre los que se encontraba el automóvil de Catalina.

Cuando Catalina acudió a recoger su unidad al depósito vehicular, ya no estaba, por lo que Ariel fue presentado ante un juez penal, quien lo vinculó a proceso y a petición del defensor de oficio, los canalizaron al Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México para que llegaran a un acuerdo respecto a la reparación del daño de la ciudadana que presentó la queja.

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En el centro fueron atendidos de manera personal, privada y gratuita por un facilitador penal, quien les explicó en qué consisten los mecanismos alternativos, sus principios, reglas y alcances, así como lo referente a las soluciones alternas al proceso penal.

Les explicó que el acuerdo reparatorio se podía diseñar tras explorar las necesidades, intereses en relación con el conflicto que compartían y solventar las expectativas de solución al problema.

Por supuesto que Catalina requería que se le repusiera su automóvil, pues con él era más sencillo llegar a su trabajo, Ariel le comentó que podría hacer el pago de la unidad, pero no podía ser con liquidez y pedía efectuarlo en cuatro parcialidades y ella aceptó.

Con ayuda del facilitador se diseñó un acuerdo de reparación del daño, el cual fue presentado ante el juez y así evitar que Ariel recibiera una sentencia que lo mandara a prisión por un descuido que casi le cuesta su libertad.

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