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El Gobierno de la CDMX, en coordinación con las 16 alcaldías, ha emitido un comunicado con para garantizar que los días jueves 17, viernes 18 y sábado 19 de abril se desarrollen tranquilamente, para toda la ciudadanía, en esta Semana Santa, refiriéndose a la aplicación de la Ley Seca.
Con el fin de fomentar una convivencia pacífica durante estas fechas de Semana Santa se ha establecido la prohibición del consumo y venta de bebidas alcohólicas en la capital del país, además, cabe aclarar que esta restricción, fundamentada en la Ley de Cultura Cívica, busca prevenir incidentes y generar entornos seguros, especialmente en espacios públicos donde se congrega un gran número de personas.

De igual forma el gobierno de la Ciudad de México ha prohibido el uso de juegos pirotécnicos, así como fogatas y artefactos similares sin la autorización correspondiente, con el fin de evitar incendios, reducir la contaminación auditiva y proteger la integridad física de la población; garantizando así la tranquilidad en la capital del país.
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Vale destacar que el Gobierno de la CDMX también enfatiza la prohibición de la portación y uso de armas de fuego, con el propósito de asegurar la seguridad de los asistentes a las festividades religiosas, se recuerda que la portación de armas de fuego está prohibida.
Estas medidas preventivas buscan equilibrar la libertad de expresión religiosa con la seguridad y el bienestar de todos los ciudadanos, promoviendo una Semana Santa donde la fe y la convivencia pacífica sean los protagonistas.
¿Cuáles son las sanciones por no respetar la Ley Seca?
En caso de no respetar la Ley seca en la Ciudad de México, puede ser motivo de fuertes sanciones económicas tanto quien vende como compra, las cuales son:
Quien sea sorprendido vendiendo bebidas alcohólicas será acreedor a pagar una multa de 39 mil 712.14 a 282 mil 850 pesos, en este 2025.
En el caso de las personas que busquen adquirir bebidas alcohólicas, el castigo económico será de 2 mil 375.94 a 3 mil 394.2 pesos, trabajo comunitario de 12 a 18 horas o arresto de 25 a 36 horas.
