Puebla y Chiapas: bala y garrote

OPINIÓN 21/05/2014 05:00 Actualizada 05:00

Al frente del endurecimiento del régimen que ya se ve venir conforme se diluyen las promesas de crecimiento económico, generación de empleo y disminución de la pobreza, se han puesto los gobiernos panista-perredista de Rafael Moreno Valle, y Verde, en todos los sentidos, de Manuel Velasco Coello.

Moreno Valle, un político que más por megalomanía que por eficiencia está absolutamente convencido de que una alianza de fuerzas similar a la que lo llevó al poder en Puebla lo postulará en 2018 como candidato a la Presidencia, empujó y obtuvo la aprobación del Congreso local de una ley que permite a la policía usar armas de fuego contra manifestaciones y/o en emergencias o desastres naturales.

La ahora llamada “ley bala” fue aprobada el lunes pasado por 35 de los 41 diputados locales, incluidos los del PRI, el PAN y el PRD, en medio del repudio de diversas organizaciones civiles que advierten de los casi inevitables abusos de una legislación de esa naturaleza.

Dice la “ley bala”, entre otras cosas: “el elemento policial únicamente podrá hacer uso del arma de fuego en caso de legítima defensa propia o de terceros, (y) por peligro inminente de muerte o lesiones graves”.

La legislación fue creada explícitamente para su aplicación en manifestaciones violentas y actos vandálicos. En caso de manifestaciones violentas (cuyas características no define) la policía deberá hacer un uso gradual de la fuerza para el sometimiento de personas y echar mano de porras, “químicos irritantes, dispositivos eléctricos de control y pistolas noqueadoras”.

La norma prohíbe recurrir a las armas por simple sospecha, pero cuando esté en riesgo la vida, autoriza su uso cuando la policía considere, a juicio propio y bajo el principio de oportunidad, que se puede prevenir una conducta ilícita.

Pero antes de disparar contra una persona, los policías deberán identificarse y exhortar al supuesto agresor a desistir de su conducta, dándole tiempo para que recapacite. Claro está que ese procedimiento —precisa la ley— no aplicará cuando la necesidad de la acción sea inmediata.

Todas las condicionantes, aunque se puntualizan, abren un amplio abanico de interpretaciones: a lo mejor lo que a un policía le parece actuar en legítima defensa, propia o de terceros, lo lleva en realidad a repeler con balas una agresión que acaso sea con piedras, petardos o simples gritos, lo que configuraría un uso desproporcionado de fuerza letal.

En Chiapas, por otra parte, Manuel Velasco Coello, cuyos asesores repiten la estrategia de crearle una imagen de aspirante presidencial mediante un desmedido gasto publicitario, promovió y obtuvo la aprobación en Chiapas de un código de uso legítimo de la fuerza pública que criminaliza, al igual que en Puebla, la protesta social.

El nuevo código fue aprobado el jueves pasado por 26 de 31 diputados locales. Los votos a favor fueron del PRI, el PAN y el Verde; y lo votos en contra, del PRD y el PT.

La legislación precisa conductas susceptibles del uso legítimo de la fuerza, no obstante que ya están reguladas en otros preceptos penales, pero a diferencia de la de Puebla, sí define el concepto de “manifestación violenta”: “aquella en la que el grupo de manifestantes está armado o bien, aquella en la que en la petición o protesta que se realiza ante la autoridad se hace uso de amenazas para intimidar u obligar a resolver en el sentido que deseen, se incita a la comisión de un delito o se perturba la paz pública y la seguridad ciudadana”.

También aquí queda en la subjetividad de la interpretación si se trata o no de una manifestación violenta frente a la que, en todos los casos, la fuerza pública —que para eso se prepara— debe actuar para disuadir, desactivar y controlar, no para aniquilar.

Por eso le digo: en Puebla, bala, y en Chiapas, garrote.

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