La clave está en la pregunta

OPINIÓN 08/09/2014 05:00 Actualizada 05:00

El próximo 15 de septiembre vence el plazo para que los ciudadanos cumplan los requisitos para poder convocar, a través del Congreso, a una consulta popular. En el horizonte hay cuatro: dos relacionadas con la reforma energética (sin duda las cruciales), una sobre salarios mínimos y otra más sobre la reducción de diputados plurinominales (éstas dos últimas importantes, pero de ninguna manera urgentes).

Sobre la reforma energética, una la promueve el partido político Morena y otra el PRD. La de salarios mínimos, el PAN y la de diputados “pluris”, el PRI.

Que sean dos las fuerzas políticas identificadas con la izquierda las que promueven una misma consulta, en este caso la energética, divide, sin duda, esfuerzo y resultados. Por eso han sido muchas las voces que le piden a Morena y al PRD que vayan unidos a esta iniciativa de consulta popular. Y claro que sería lo óptimo, pero hay razones que explican el que no vayan juntos, más allá de supuestas e infladas posiciones irreductibles de las dirigencias de ambos partidos. Veamos:

El requisito principal para que proceda una consulta popular a iniciativa de la ciudadanía, es la captación de firmas del equivalente a 2% de los inscritos en el padrón electoral. Ya ha sido satisfecho por Morena y el PRD antes de la fecha límite.

El 2% del padrón equivale a un millón 600 mil ciudadanos. Morena —según el corte mas reciente dado a conocer por la organización— ya recabó dos millones 200 mil, es decir, 600 mil más de las requeridas. Esta semana las entregará al Senado, que es la cámara que se le asignó para seguir el trámite.

El PRD —según su dirigencia— ya está también por encima de las dos millones 200 mil firmas. Asegura que entregará un total de cuatro millones a la Cámara de Diputados, la que le asignaron.

De acuerdo con la Constitución y ley de consulta popular, el Legislativo es el que da curso a la petición de consulta, pero toca a la Corte determinar si la pregunta que se formula no es violatoria de la Constitución.

Ésta especifica en su artículo 35 que la consulta popular es aplicable sólo en temas de trascendencia nacional. La ley federal de consulta popular establece que la trascendencia nacional de un asunto la determinan dos criterios: que repercuta en la mayor parte del territorio nacional y que impacte a una parte significativa de la población. Pero advierte, por otra parte, que no puede ser sometido a consulta popular ni el régimen político de la nación, ni su seguridad, ni el respeto a los derechos humanos, ni los ingresos del Estado.

Este último condicionante (innegable es que en el petróleo se fundamentan una buena parte de los ingresos del Estado), es el que esgrimen algunos para asegurar que no será viable la consulta.

De ahí la importancia de la constitucionalidad de la pregunta, razón que, por cierto, es la que impide que Morena y PRD caminen juntos en ella.

La pregunta de Morena está formulada y fraseada así: ¿estás de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, petroquímica e industria eléctrica?

En principio es una pregunta cerrada que sólo deja dos opciones a la respuesta: sí o no. Planteada así, no se mete directamente con el único condicionante posible, el de cuestionar o poner en entredicho los ingresos del Estado. Todo indica, pues, que es una pregunta constitucional.

El PRD, por su parte, pregunta: ¿Estás de acuerdo en que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética? Planteada y fraseada así abre la posibilidad al argumento de que por referirse a los ingresos del Estado no es procedente.

Quizás el PRD no lo vea así o simplemente no sea el caso, pero su pregunta podría llevar a la Corte a determinar que no es constitucional. Sería como dar un pretexto para evitarla o bien, de aprobarse ambas preguntas, de confundir al ciudadano y de dividir las respuestas, para no alcanzar un 40% de la lista nominal, es decir, 30 millones 560 mil 842 ciudadanos, para que el resultado sea vinculatorio, es decir, de aplicación obligatoria.

Podría ser, sin embargo, que la inconstitucionalidad de una pregunta sea la coartada perfecta para el rechazo de ambas. O bien, que la aprobación de ambas, más la del PRI sobre diputados “pluris” y la del PAN sobre el salario mínimo, acreciente la confusión; o que el rechazo de estas dos últimas sean la justificación “salomónica” para el rechazo de todas.

Sólo son escenarios, pero ojalá sí haya consulta sobre la reforma energética. De ser el caso, recuerde que la clave está en la pregunta y que la constitucional, creemos, es la de Morena.

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