Firman acuerdo

Uber y Cabify pagarán IVA e ISR; prevén 8% en tasa de retención

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), formalizó el cumplimiento de una regla administrativa para la retención de impuestos

SAT  Impuestos a Uber Cabify Recaudación de impuestos

Foto: Archivo El Gráfico

Al día 21/05/2019 08:49 Redacción Actualizada 08:49
 

Por Sara Cantera

Como parte de las nuevas medidas de retención de impuestos para conductores de aplicaciones como Uber y Cabify, las empresas se encargarán de calcular, retener y pagar directamente al SAT el importe del ISR e IVA que le corresponde aportar a los socios conductores registrados en la plataforma cada mes.

Lo anterior se hará sin recibir ni retener ninguna ganancia económica por ello.

Ayer, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), formalizó el cumplimiento de una regla administrativa para la retención de impuestos de los socios conductores y socios repartidores registrados en las plataformas de prestación de servicios privados de transporte, así como para los repartidores de Uber Eats.

La nueva medida prevé una tasa de retención mensual del IVA de 8%; mientras que para el pago del ISR se establecen tarifas que van de 3% a 9%, dependiendo de las percepciones económicas mensuales del socio conductor o socio repartidor y de su régimen fiscal.

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