HASTA 12 AÑOS DE PRISIÓN PARA QUIEN DIFUNDA MATERIAL SEXUAL POR INTERNET

Grupo parlamentario de Morena propone nueva ley contra el ciberacoso hacia las mujeres

Con la ‘ley Olimpia’, se tipificará en el artículo 179 BIS del Código Penal la violación a la intimidad sexual, como un delito acreedor a castigos con pena de cárcel

Ciberacoso Código Penal Morena

(Foto: Archivo El Gráfico)

Al día 13/09/2019 10:10 Actualizada 10:17
 

POR HÉCTOR CRUZ

A fin de combatir el acoso sexual y violación a la intimidad de la mujer por medio de la divulgación de fotografías y videos a través de redes sociales, el grupo parlamentario de Morena propuso reformar el Código Penal capitalino, para castigar a las personas que incurran en dicha actividad, conocida como ‘pack’.

El vicecoordinador de ese partido, José Luis Rodríguez Díaz de León, presentó la iniciativa a la que llamó ‘ley Olimpia’, la cual contempla reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Aclaró que el proyecto es aportación del Frente Nacional para la Sororidad, Colectiva Políticamente Incorrectas, Insurrectas, Kybernus y Defensoras Digitales Org; Mujeres con Valor; Colectivo Brujas CDMX, Marea Verde México, Movimiento Feminista de Mujeres Diversas; y Liga Mexicana de Mujeres de Teatro, entre otras grupos civiles.

Con la ‘ley Olimpia’, se tipificará en el artículo 179 BIS del Código Penal la violación a la intimidad sexual, como un delito acreedor a castigos con pena de cárcel que va desde 4 a 8 años de prisión y multas de mil a 2 mil unidades de cuenta en la Ciudad de México.

La iniciativa plantea que será un delito difundir o si se amenaza con difundir imágenes, audios o videos de una persona desnuda parcial o totalmente, así como cualquier otro tipo de contenido sexual.

De igual modo, las personas que requieran este tipo de material sin consentimientos de por medio, estarían delinquiendo.

La pena podría ser hasta por 12 años de prisión.

Esto sólo si el delito es cometido por una persona que haya tenido una relación emocional con la víctima, si se comete en contra de una persona con discapacidad, con menores de edad y si se utiliza violencia para obligar a alguien a fabricar el contenido intimo o sexual.

 

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