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Congreso de la CDMX aprueba Ley Olimpia para castigar violencia digital contra mujeres

Las modificaciones al Código Penal establecen de cuatro a seis años de prisión contra quienes cometan delitos de intimidad sexual, al grabar, filmar o elaborar imágenes, audios o videos, reales o simulados, sin el consentimiento de una persona

Ley Olimpia

(Foto: Archivo El Gráfico)

Al día 04/12/2019 09:58 Héctor Cruz Actualizada 10:04
 

Luego de una hora y 10 minutos de exposiciones de diputados de prácticamente todos los partidos y la asociación Encuentro Social, terminaron por avalar con 56 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, mejor conocida como Ley Olimpia.

Ante esto, la promovente de la ley, Olimpia Coral, y decenas de acompañantes, con gritos, aplausos y vivas recibieron la determinación de los legisladores, “pues con esto hacen historia no sólo en la Ciudad de México, sino en el país”, dijo la activista feminista más tarde en conferencia de prensa.

SANCIONES

Las modificaciones al Código Penal establecen de cuatro a seis años de prisión contra quienes cometan delitos de intimidad sexual, al grabar, filmar o elaborar imágenes, audios o videos, reales o simulados, sin el consentimiento de una persona.

De igual forma, aumentan las penas cuando existan amenazas para difundir materiales sobre la vida sexual, hasta tres años . Queda establecido que la declaratoria de Alerta de Violencia contra las Mujeres, emitida por la Secretaría de Gobierno, sea en un periodo máximo de 10 días naturales para encarar la violencia feminicida.

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