Como medida preventiva
Ante pandemia, el Colegio de Notarios de la CDMX recomienda realizar tu testamento
Una hospitalización puede complicar el procedimiento
Foto: Archivo El Gráfico
El testamento es un acto personal, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y declara o cumple sus obligaciones para después de la muerte.
1.- REQUISITOS.
Para redactar el testamento, quien va a otorgarlo debe contar con una identificación oficial, CURP, saber su lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, ocupación, domicilio y los nombres completos de sus familiares, incluidos padres, cónyuge e hijos. También debe informar si presenta alguna discapacidad. No es necesario tener una lista completa de los bienes a heredar, a menos de que se quiera incluir un bien o inmueble específico.
2.- PRIMERA ASESORÍA
Antes de redactar el testamento, se recibe asesoría sobre lo que marca la ley de cada estado y cómo se pueden heredar los bienes, así como los documentos necesarios. Esta plática se puede recibir vía telefónica o mediante algún dispositivo electrónico, debido a la contingencia. Una vez que se hayan aclarado las dudas, se redacta el documento.
3.- FIRMA
Cuando el notario ya tiene redactado el testamento, se procede a la firma, la cual tiene que ser presencial. Si el testador no está enfermo, puede salir de su casa y acudir a la notaría más cercana. El Colegio de Notarios de la Ciudad de México está dando citas para evitar aglomeraciones; es obligatorio el uso de cubrebocas, caretas y gel antibacterial. También se puede pedir la visita del notario a domicilio. Por la epidemia, el procedimiento tiene el mismo costo que si se realizara en la notaría, de 2 mil 250 pesos. El precio del testamento varía en cada estado: Va de los 870 pesos, en Morelos, a los 3 mil pesos, en Tlaxcala.
4.- EN EL HOSPITAL
Si el testador está hospitalizado, pero consciente y sin sedar, el notario le puede dar asesoría por teléfono, preparar el documento y acudir al hospital para la firma. Cuando la persona no puede firmar, se requieren dos testigos. Si la persona muere intestada, la ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción, lo que puede causar gastos elevados.