Durante el mes de diciembre, el aguinaldo se convierte en uno de los temas más relevantes y esperados para millones de trabajadores en México. Sin embargo, no siempre el pago se realiza en tiempo y forma, por lo que, es crucial conocer qué establece la Ley Federal del Trabajo (LFT) y qué acciones puedes tomar si tu patrón incumple con esta obligación antes de la fecha límite.
El aguinaldo no es un bono ni un premio; es un derecho laboral irrenunciable y obligatorio, estipulado en el Artículo 87 de la Ley Federal de Trabajo, en el cual se establece de manera categórica que el pago debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
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Cuando un patrón no deposita el aguinaldo antes de la fecha límite, o lo paga de forma incompleta, incurre automáticamente en una falta legal grave. Esta violación no solo afecta directamente al trabajador, sino que también tiene serias implicaciones para la empresa como las siguientes:
La sanción más inmediata para el patrón moroso es la imposición de una multa por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Conforme al Artículo 994, fracción II, de la Ley Federal de Trabajo, las multas pueden ser significativas, yendo desde 50 hasta 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Dependiendo de la gravedad y la recurrencia, estas multas pueden ascender a cifras importantes.
Aunque la ley se centra en la multa administrativa, en el caso de que el trabajador inicie un proceso de conciliación o demanda, el patrón estará obligado no solo a liquidar el monto pendiente del aguinaldo, sino también a cubrir los salarios caídos que se generen desde el 21 de diciembre hasta la fecha en que se efectúe el pago total.
Si te encuentras en la situación de incumplimiento, la ley te ampara y te ofrece recursos gratuitos para reclamar este derecho. El camino más recomendable para el trabajador es acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).
Es importante actuar, pero también conocer el plazo. Tienes un año completo para iniciar el proceso de reclamación, contando a partir del 21 de diciembre.
Asesoría Gratuita: La Profedet brinda orientación legal especializada en derecho laboral sin costo alguno. Te informarán sobre el monto exacto que deben pagarte y la mejor estrategia a seguir.
Conciliación Obligatoria: La institución iniciará un proceso de conciliación con tu patrón. Se le citará para que, de manera extrajudicial, se logre el pago del aguinaldo y se evite una demanda mayor.
Demanda Laboral: Si el patrón se niega a conciliar o a pagar, la Profedet te representará gratuitamente ante los Tribunales Laborales para asegurar el cumplimiento forzoso de la prestación, además de las sanciones correspondientes.
Recuerda que esta prestación debe ser cubierta en efectivo, transferencia o nómina. El patrón no puede sustituir el pago del aguinaldo por vales de despensa, regalos, mercancía o cualquier otro beneficio no monetario.