Legislatura pro Derechos Humanos

OPINIÓN 07/05/2015 05:00 Actualizada 05:00
LA LXII LEGISLATURA no solamente será recordada por las 11 reformas estructurales que hacen de México un país más competitivo internacionalmente y como generador de oportunidades para sus habitantes, sino por su trabajo a favor de un marco legal progresivo en materia de derechos humanos.

Particularmente resalta la tarea del Senado por la aprobación y retiro de reservas, respectivamente, de nueve instrumentos internacionales en materia de Edad Mínima para la Admisión al Empleo; Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares; Estatuto de los Apátridas; Condiciones de los Extranjeros y su Derecho de Audiencia; Refugiados; Desaparición Forzada y Niñez en Conflictos Armados, entre otros.

Con estas acciones se pretende cumplir con la armonización de la legislación interna a fin de atender a los más altos estándares en materia de derechos humanos, dispuestos por organismos internacionales, como la Corte Interamericana de los Derechos Humanos.

En concordancia con el compromiso permanente con la efectividad de los derechos humanos, el poder revisor de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aprobó adiciones al artículo 73 para facultar al Congreso a legislar en materia de justicia penal para adolescentes, a fin de precisar la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en la operación del sistema integral de justicia para adolescentes, que será la instancia jurisdiccional para quienes sean señalados como partícipes en la comisión de un delito, siempre y cuando se trate de jóvenes entre los 12 años cumplidos y menos de 18 al momento de la comisión del delito.

La apuesta de los legisladores fue acotar que los jóvenes sólo sean sujetos de asistencia social, no de rehabilitación como ocurre con los adultos y garantizar que, sin excepción, el proceso en materia de justicia para adolescentes sea acusatorio y oral.

Con el mismo ánimo y compromiso, el Senado de la República aprobó con 104 votos a favor, en los albores de la conclusión de la actual legislatura, la adición del inciso a) fracción XXI al artículo 73 de la ley suprema de los mexicanos, para facultar al Congreso a expedir las leyes generales en materia de secuestro; desaparición forzada; privación de la libertad contraria a la ley; trata de personas; tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

El Senado manda así, un mensaje claro sobre su compromiso para incluir nuevos tipos penales que requieren ser reconocidos, atendidos y sancionados, debido al contexto actual, como la tortura, el desplazamiento forzoso y la desaparición forzada de personas.

Este gran avance no será materia exclusiva de los jueces; el poder legislativo deberá expedir leyes reglamentarias que permitan no sólo cumplir con eficacia de lo dispuesto en la norma, sino habilitar aquellas que conlleven a un cambio de conciencia respecto al respeto irrestricto de la dignidad humana, lo mismo en el servicio público, que en la esfera privada.

En este sentido, la siguiente legislatura habrá de tener en cuenta que los derechos humanos no son principios absolutos, sería una falacia señalar que unos privan sobre otros; por el contrario, tanto los operadores de la justicia como los legisladores habrán de prever en el diseño de la norma, la flexibilidad necesaria para ponderar el bien mayor a proteger en las personas, atendiendo siempre a las circunstancias y al contexto particular de cada caso.

Por lo pronto, el grupo parlamentario del PRI en el Senado mediante la aprobación de esta reforma constitucional, da cuenta a la sociedad de su compromiso permanente con la vigencia del Estado de Derecho, donde los derechos humanos son principios que deben irradiarse obligatoriamente en todas y cada una de las acciones del servicio público.

Senadora de la República,
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