La enésima reforma política-electoral

OPINIÓN 03/02/2014 05:00 Actualizada 05:00

¿Es positiva para la vida política del país? ¿Implica avances o retrocesos? ¿Qué se quedó en el tintero? Habría que empezar por puntualizar qué incluye.

1. La fuerza política que gane las elecciones presidenciales, pero no la mayoría en el Congreso, podrá optar por gobernar así, con un gobierno de minoría, o construir un gobierno de coalición. Si opta por lo segundo, las fuerzas políticas que se coaliguen podrán definir e impulsar un programa de gobierno conjunto respaldado por una mayoría legislativa estable. En un gobierno de coalición, el Senado ratificará los nombramientos que el Presidente haga de la mayoría de los secretarios de Estado. Aún en el caso de que el Presidente ganador no opte por un gobierno de coalición, su propuesta de secretario de Relaciones Exteriores deberá ser ratificada por el Senado y la de Secretario de Hacienda por la Cámara de Diputados.

2. Se obligará por ley a los partidos políticos a que las mujeres ocupen la mitad de las candidaturas a legisladores federales y locales.

3. A partir de 2018, los senadores de la República se podrán reelegir por dos periodos consecutivos (12 años) y los diputados federales hasta por cuatro periodos consecutivos (también 12 años). Y los congresos locales quedan facultados para establecer la reelección, por un periodo adicional, de presidentes municipales, regidores o síndicos.

4. Desaparece la PGR para dar paso a la Fiscalía General de la República dotada de autonomía constitucional, con lo que se pretende desplegar una política de procuración de justicia más eficaz, con fiscalías especializadas para delitos electorales y de combate a la corrupción.

5. También se da autonomía constitucional al Consejo Nacional de Evaluación de las políticas de desarrollo social (Coneval), con lo que se pretende garantizar la imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones y fortalecer la rendición de cuentas.

6. Desaparece el IFE para transformarlo en un Instituto Nacional de Elecciones (INE), conformado por 11 consejeros, que ejercerá las funciones del actual instituto, realizará otras que fortalecen su participación en la organización de elecciones locales y su relación con los organismos electorales estatales, y tendrá facultad para atraer asuntos de la competencia de los órganos electorales locales, incluso la organización total de esos comicios en los casos que establezca la ley reglamentaria respectiva.

Y 7. Se aumenta de 2 a 3% del total de los votos de una elección federal requeridos para que un partido político conserve su registro.

Algunos son cambios que, sin duda, ensanchan las prácticas democráticas y el diálogo políticos, otros, a juicio de algunos, son retrocesos históricos. Pero, en todo caso, siguen pendientes reivindicaciones que se plantearon en el seno del Pacto por México, sobre todo en lo que tiene que ver con las figuras de democracia directa: la consulta popular (mediante plebiscito o referéndum), la facultad ciudadana de proponer iniciativas de ley y la revocación de mandato, entre otras.

La reforma política para el Distrito Federal (que le daría calidad de estado con Constitución propia) también quedó bailando, aunque el viernes pasado, en la promulgación de la reforma política-electoral, Enrique Peña Nieto reiteró su respaldo a la iniciativa como una de las tres determinaciones políticas que anunció un poco para acercar más a las expectativas temas sensibles como el de la compra de votos y la inequidad electoral, así como la prisa reformista que mostró durante los últimos meses.

La segunda determinación política anunciada por el Presidente fue la de ampliar los alcances “descafeinados” con que finalmente llegó la reforma política-electoral en el tema de la compra de votos. Si bien quedó establecido que es un factor de anulación de elecciones, son muchas las condiciones impuestas para que pueda tipificar como causal de nulidad. De ahí que Peña Nieto decida ahora enviar una iniciativa que cambie nuevamente el artículo 41 Base Sexta de la Constitución para “aclarar que la nulidad de elecciones se puede producir no sólo ante la compra, sino ante cualquier tipo de adquisición de cobertura informativa de tiempos de radio y televisión fuera de los supuestos previstos por la ley”. Faltas todas éstas que denunciaron cometió en su campaña, pero que fueron desechadas por el Tribunal Electoral y por el IFE al no poderse demostrar.

La tercera determinación fue prescindir de la herramienta de la iniciativa preferente en el caso de las leyes secundarias en materia de telecomunicaciones, competencia económica y energía que hoy enviará al Congreso.

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Twitter: @Raul RodríguezC
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