Hoy comienza esta disposición

Limitan tránsito de camiones

Desde las 6 hasta las 10 de la mañana, el transporte de carga ya no podrá circular en la capital

(Foto: Archivo El Gráfico)

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Al día 18/04/2016 11:33 Phenélope Aldaz Actualizada 11:39
 

A partir de hoy el transporte de carga no podrá circular en la Ciudad de México, de lunes a viernes, en un horario de 6:00 a 10:00 horas. De activarse la fase 1 o 2 de contingencia ambiental, la restricción será endurecida.

La Secretaría de Seguridad Pública (SSP) detalló que si uno de estos vehículos ingresó o se encuentra transitando dentro de la Zona Metropolitana del Valle de México antes de las seis de la mañana se le otorgará una hora más, es decir, tendrá hasta las 7:00 horas para circular hasta su destino sin restricción.

La dependencia informó que lo anterior corresponde a un acuerdo celebrado el 12 de abril entre la SSP, la Secretaría de Movilidad y representantes de organismos empresariales, en el que se convino “restringir por completo el acceso de todos los vehículos de carga” en el periodo señalado.

La SSP precisó que, en caso de que se active la fase 1 o 2 de contingencia ambiental, los vehículos de transporte de carga suspenderán la circulación, de conformidad con los dígitos de la matrícula o placas señaladas en el Programa Hoy No Circula ampliado.

EXCEPCIÓN

Indicó que dentro de estas medidas la excepción será para unidades que transporten materiales y residuos peligrosos, productos perecederos, con sistemas de refrigeración y vehículos eléctricos e híbridos.

La SSP destacó que este convenio busca garantizar la correcta aplicación y hacer más eficientes las acciones temporales, a propósito de la contingencia ambiental, y del endurecimiento del Hoy No Circula.

Aunque no se tiene contemplado un operativo especial para restringir el acceso a la Ciudad de México, a las unidades de carga, los policías de tránsito deberán permanecer atentos de que se cumpla con las medidas y en caso de que se ubique a un vehículo que no cumpla con la medida, será sancionado.

En el caso de “aquellos automotores que sean determinados como ostensiblemente contaminantes, serán retirados de manera inmediata de la circulación”.

Para garantizar que la movilidad en las zonas de mayor tránsito de los vehículos de carga, la Secretaría implementará en forma conjunta el “Programa Corredores Seguros”, para el ingreso y salida de vehículos, a través de fases y rutas. Lo anterior, en apego a la Ley de Movilidad del Reglamento de Tránsito y demás disposiciones aplicables en la materia.

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